viernes, 20 de enero de 2012

Ruidos - Pena de prisión para los administradores de la empresa

La sentencia del Tribunal Supremo de la sala de lo Penal de 2 de diciembre de 2011,  confirma los delitos contra el medio ambiente en concurso ideal con un delito de lesiones, que se produjeron por el funcionamiento de una empresa de manipulación de productos hortofructícolas,  e impone a los condenados, administradores de la empresa, las penas de 4 años y un día de prisión y multa, por el primer delito, y 6 meses de prisión, por las lesiones, así como responsabilidad civil de 60.000 euros.  El fallo además recoge la clausura de la actividad.

Resulta probado que la policía tuvo que intervenir en numerosas actuaciones como consecuencia de las previas denuncias presentadas por las víctimas, así mismo existe una amplia documental en la que se constatan estas reiteradas intervenciones de los agentes de la autoridad, no sólo comprobando el nivel de los ruidos producidos, muy superiores a los limites previstos en las normas municipales reguladoras de la actividad empresarial, sino incluso poniendo de manifiesto la actitud desobediente de los acusados ante los requerimientos que se les dirigieron para regularizar la situación reduciendo los referidos ruidos, obteniendo los permisos correspondientes y adoptando las medidas necesarias en consecuencia de dicha situación, llegando incluso a detectarse la fractura de los precintos en su día dispuestos en aquellas instalaciones empresariales ruidosas, todo ello sin haber obtenido la preceptiva autorización de aprobación administrativa de las instalaciones de dicha empresa.

    Lo mismo acontece, en relación con el delito de lesiones, probado por la propia declaración de la victima, y los informes periciales que corroboran los trastornos psíquicos sufridos y su evidente relación causal con los grandes ruidos que fue padeciendo con la actividad empresarial contigua a su domicilio.

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